Qué hacer después de un accidente de tráfico

Utilizar el coche se ha convertido en algo habitual en nuestra vida cotidiana, sin embargo pocas veces pensamos, qué hacer en caso de que tengamos un accidente con nuestro coche, y como consecuencia de él se generen daños en nuestro vehiculo y en los contrarios, así como la existencia de heridos conductores y ocupantes.

Es cierto que planteado así puede ser algo desagradable y por lo tanto o no queremos pensar en ello o pensamos que  a nosotros NO  nos va a ocurrir.

¿Sabría usted dar los pasos correctos en caso de tener un accidente de tráfico con o sin heridos? ¿Sabe usted que en un accidente se puede derivar responsabilidades penales y civiles?

Conviene tener claro los pasos a dar desde el minuto después de tener el accidente hasta que se pueda determinar la responsabilidad del accidente y las correspondientes indemnizaciones.

Esto le evitará complicaciones y asegurará los derechos que pueden tener usted como conductor no culpable, ocupante o peatón.

Vamos a establecer una serie de pasos a dar, EN EL MOMENTO del accidente, según prioridades:

1.- En caso de un accidente con heridos graves hay que llamar a emergencias y a Policía o Guardia Civil, no moviendo a los heridos si ha sufrido alguna lesión que pueda ser grave.

En el supuesto de heridos menos graves, lo mejor es siempre llamar a la policía o Guardia Civil para que confeccionen un atestado, hay que tener en cuenta que en el momento que hay heridos se van a generar indemnizaciones importantes, por tanto el atestado es una pieza de prueba, ante las posteriores reclamaciones.

2.- En el supuesto que el accidente   sin heridos, se rellena parte amistoso de accidente, sin olvidar rellenar todos los datos, incluido la versión del accidente, en este punto hay que tener cuidado porque una vez realizado y firmado obliga. En el supuesto de discrepancia entre las partes en cuanto a la culpa del accidente llamar a la policía para que hagan el atestado.

Es muy importante que en el lugar del accidente ver si hay testigos y tomar sus datos nos pueden hacer falta, y que queden incluidos en el atestado.

También es importante tomar fotos de los daños en los vehículos y como han quedado posicionados.

3.- Una vez resuelta el “papeleo” es fundamental pasar por el servicio de urgencias de un hospital, el parte medico de urgencias por accidente de tráfico, donde se determinen todas las lesiones del accidente. Este parte se deberá aportar posteriormente a la Compañía o al Juicio.

Los tres pasos anteriores es lo que hay que hacer en el momento del accidente, ahora vamos a relatar los pasos fundamentales en los días posteriores al accidente:

–       Acuda a su medico de familia, él es el encargado de extender el parte de baja laboral y el que controlará la evolución de sus heridas y secuelas, y en su momento firmar el alta.

–       Debe informar del accidente rápidamente a su Compañía de Seguros, plazo de 7 días, se deberá especificar los daños materiales de su vehiculo, datos del contrario, y las lesiones sufridas como consecuencia del accidente.

–       Guarde todas las facturas, tickets por los gastos ocasionados como consecuencia del accidente, ya sea por objetos rotos ejemplo unas gafas etc, o por otros gastos de rehabilitación, taxi etc.

Una vez que usted ha cumplido todos estos pasos, se tiene que determinar la culpabilidad del accidente y las posibles consecuencias, incluida las indemnizaciones que se puedan generar.

En este punto usted debe tomar una decisión importante, conformarse con las cantidades mínimas que le ofrecen las compañías de seguros o no. Si usted no se conforma, lo mejor es que cuente con las servicios de una abogado independiente de las Compañías, y que sea especialista en la materia, se encargará de negociar con las Compañías de Seguros y la posibilidad de llegar a un acuerdo con ella, o si por el contrario es necesario acudir a los Tribunales.

Un último consejo nunca deje pasar 6 meses desde la fecha de un accidente, consulte antes con un abogado especialista en la materia.

Antonio Pineda de Francisco.
Abogado.